Cibervivienda
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Tecnicismos

A

Agente de la propiedad Inmobiliaria (API):
Profesional titulado que actúa como intermediario en una transacción inmobiliaria y que normalmente cobra como contraprestación, un porcentaje sobre el precio de la misma (comisión).
Amortización:
Pago total o parcial que se realiza para la devolución e un préstamo.
Amortización anticipada:
Capital de un préstamo que se devuelve antes del las fechas pactadas inicialmente.
Puede ser total o parcial. Normalmente, se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad amortizada anticipadamente para compensar el quebranto financiero que supone la alteración del calendario de amortización pactado.
Arbitrio municipal de plusvalía:
Antigua denominación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos.
Arras:
Cantidad de dinero que supone una parte del precio total de la vivienda y que se confía al vendedor como garantía de que el comprador cerrará la operación en un plazo determinado. Si después de este plazo el comprador desiste, pierde la suma entregada. En cambio, si el vendedor no respeta el plazo pactado y vende la vivienda a otra persona, tendrá que devolver el doble de esta cantidad a la persona que remitió las arras. Si la operación se cierra, las arras son consideradas como un pago a cuenta.
Avalista:
Persona que interviene como garante en un préstamo y que asume las responsabilidades de pago en caso de que el prestatario no haga frente a la deuda o a sus intereses.

C

Cancelación anticipada:
Se entiende por tal la anticipación de las cantidades pactadas en concepto de amortización de un préstamo. Puede ser total o parcial. Se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad anticipada, para compensar en quebranto financiero que supone la alteración del calendario de amortización pactado.
En el caso de los préstamos a tipo de interés variable el porcentaje máximo legal es el 1%.
Cancelación registral:
Eliminación en el Registro de la propiedad de la inscripción de la carga que figura sobre una finca.
Puede ocurrir que un préstamo hipotecario esté totalmente pagado, pero que sin embargo, la hipoteca figure aún en el Registro. Para que desaparezca esta hipoteca tiene que firmarse una escritura de cancelación que debe liquidar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y con posterioridad ser inscrita en el Registro, anulando la carga a la que hace referencia.
Capital:
Importe nominal del préstamo hipotecario. Total de la deuda pendiente, sin incluir los intereses.
Carencia:
Periodo dentro de la vida de un préstamo durante el cual sólo de pagan intereses y no se amortiza capital.
Cargas:
Limitaciones de dominio de una finca. Constan en documento público y se inscriben en el Registro de la Propiedad. Son algunos ejemplos: las hipotecas, usufructos, condiciones resolutorias, etc.
Certificado registral:
Documento legitimado y expedido por el Registro de la Propiedad, en el que se declara la situación de cargas respecto a una finca.
Comisión de apertura:
Importe que se paga al formalizar un préstamo, en contraprestación a los gastos administrativos, informáticos y de gestión que conlleva su apertura.
Se paga por una sola vez y suele ser un porcentaje sobre el capital prestado.
Cuota:
Cada uno de los pagos periódicos que se realizan para la devolución de un préstamo y que comprende parte de capital y parte de intereses.

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